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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Abril de 2012 16:15 2012-04-28 16:15 desde IP: 187.195.119.81
Mi estimado consultante Enrique Hernández
Mire, recuerde que la conservación de derechos es la cuarta parte del tiempo laborado, de tal suerte que por los datos que usted proporciona, si sus antecedentes son de 40 años trabajados, su conservación será de 10 años para poder pensionarse sin problema alguno.
Ahora bien, aquí por su edad, lo que pudiera hacer si es que cuenta con los recursos suficientes, es que, estado dado de baja, se puede inscribir en la modalidad 40 para incrementar su pensión, y tendrá que pagar el 10.075 por ciento de la cantidad por la que se inscriba, y las semanas son acumulables para el calculo de su pension, no olvidando que, el IMSS le promedia las ultimas 250 semanas que tenga cotizadas.
El pago por registrarse con 25 salarios mínimos que es el tope permitido, usted pagaría aproximadamente $4,800.00 pesos mensuales, y si lo hace por ejemplo durante los 3 años que le faltan para poder pensionarse (LO PUEDE E HACER POR LOS 5 AÑOS), su pensión se elevaría considerablemente, y el dinero invertido, en realidad lo recupera muy rápidamente.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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