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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Abril de 2012 15:27 2012-04-25 15:27 desde IP: 189.143.38.59
Lo que usted debe de ejercitar es una Acción Civil, no penal, a efecto de que usted sea reestablecida en la posesión de su departamento, no le aconsejo que le corte los servicios, porque al final de cuentas cuando lo saque usted tendrá que pagar los adeudos.
Lo mas recomendable es que se haga asesorar de su abogado de confianza. Saludos
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