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  • Consulta : 148059
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 263473

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la pena es la pena... de eso no te libras con nada... y.... no te salvas de pagar la comisòn... firmaste... te fregaste... solo te queda el juicio de cumplimiento de pago  total de la operaciòn... en su caso... la rescisiòn de la operaciòn por el incumplimitno...pero de juicio... no te salvas... la venta es perfecta... por el hecho de pactarse en dinero... existir la cosa... aunque la cosa no sea entregada y el dinero no sea recibido... es mas... ellos pueden vender la cosa.... abusada... debe existir en tu contrato una clausula de reserva de dominio.... abusada...