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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Abril de 2012 13:25 2012-04-25 13:25 desde IP: 189.200.114.215
Con gusto mire usted.
Dependerá mucho de la legislación vigente en DF pues cada Estado del Pais maneja diferente legislación.
Casi en todos los Estados del pais, los errores ortograficos o mecanograficos es por ACLARACION esto es ante el propio registro civil. Un tramite administrativo que no se lleva mas de 15 minutos (Aca) cuando se demuestra con el acta de nacimiento de su señora madre (OJO se requiere acta de nacimiento y no la de defuncion) que por un error ortografico o mecanografico aconteció ello.
Lo mismo ocurre en el caso del acta de nacimiento de su hija, donde se le puso casos en lugar de cazares. Se acompaña el acta de nacimiento de la madre para deducir el error.
Si no cuenta con las actas de nacimiento de ninguno de ellos, lo ideal entonces sería llevar a cabo un JUICIO de rectificacion de acta para ajustar la misma a su realidad social. Ahi con la documental que señala se acreditará que durante toda su vida usted se ostento como manuela santiago casarez y en su oportunidad el Juez ordenará sea modificada su acta de nacimiento a efecto que se le ponga como se ha ostentado todos estos años.
NO ordenará rectificar el nombre de padres... pues ello implica cuestiones de filiación que de conformidad al articulo 56 del codigo civil de aca, (se habrá de buscar su correlativo en el DF) solo las actas del estado civil sirven para determinar el nombre de una persona y ningun otro documento o medio de prueba sirve para ello.
Saludos
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