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  • Consulta : 147429
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 262852

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     lic.garibaldy_NR

    Si es procedente que quien ahora representa los derechos de la fundacion le demande a usted la rescision del contrato de arrendamiento, le comento que en cuanto al pago de rentas solo podran legalmente cobrarle las correspondientes a las de ultimos cinco años, toda vez que las rentas de años anteriores el derecho a cobrarlas ya esta prescrito, asistase de abogado de su confianza.

    Saludos.