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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Mayo de 2012 18:48 2012-05-28 18:48 desde IP: 189.220.20.106
NO señor, no quiero entrar en discusiones, pero si al momento cuando pregunte a los abogados que me dijeron "adelante tienes que hacer un reconocimiento", me hubieran informado que lo idoneo era una adopcion, a si lo hubiera hecho y no el reconocimiento por el cual ahora tengo problemas al querer hacer tramites de migracion, claro la ley lo permite y se puede hacer pero no hay que dejar de lado que el reconocimiento tiene por fin establecer la filiacion ( biologica).
El caballero no pregunta por la adopcion pero yo le digo ya que a mi me hubiera gustado que alguien me explicara que si se puede hacer el reconocimiento, pero el acto juridico idoneo es la adopcion ( parentesco civil). Entre mas informado mejor, a si el puede tomar la opcion que mas le paresca pero conociendo los supuestos a los que puede enfrentarce en un futuro, como el hecho de que existe un capitulo en el codigo penal del estado de Guanajuato que hace referencia a los delitos contra la filiacion y el estado civil art. 216.
Creo que se debe informar a quien pregunta aun si no hace la pregunta directamente, es mejor estar informado y hacer lo posible porque los actos esten dentro del marco de la ley. Es por eso que le digo suerte ( esperando no se presente ninguna complicacion posterior al reconocimiento).
Lamento mucho haber creado una controversia, como ya lo mencione anteriormente yo solo informe como a mi me hubiera gustado que lo hicieran cuando estuve en esa situacion. y no hable sobre los requisitos y procedimiento del reconocimiento por que usted ya lo habia hecho correctamente, que tenga usted un muy buen dia.
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