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  • Consulta : 147211
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 262646

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Claro que si, si eras la esposa tienes derecho a ser declarada heredera. Apersonate en el Juicio para que sean tomada en cuenta.

    El hecho de que los bienes no entren en la Sociedad Conyugal, eso quiere decir que no puedes reclamar que el 50% de esos bienes son tuyos, pero en calidad de Conyuge si puedes acceder a la masa hereditaria. No dices de donde escribes, pero en casi todas las legislaciones a la esposa le corresponde la porción de un hijo, es decir si son tres hijos y tu, la herencia se reparte entre cuatro, o si son dos hijos y tu, entonces se reparte entre tres, etc.

    Saludos