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Fecha de respuesta: Sábado 02 de Junio de 2012 17:24 2012-06-02 17:24 desde IP: 201.102.220.252
Una opción que si es viable es que se de de alta en la Continuación voluntaria en el régimen obligatorio del Imss, ya que en efecto, si su baja fué en 2008 y con 522 semanas reconocidas su conservación de derechos ya feneció como bien lo señala el Lic. Wofito, empero, aún se encuentra dentro del lapso de cinco años a partir de la fecha de baja para contratar la continuación voluntaria, y si como usted lo menciona tiene 59 años, pues esta muy a tiempo de realizar ese tramite y al cumplir los 60 años pensionarse por Cesantía al amparo de la Ley de 1973, y si cumple los 60 años antes de cotizar 52 semanas, no hay mayor problema, continue pagando la continuacion voluntaria hasta llegar a 52 semanas y que le sean reconocidas todas sus cotizaciones, y, una vez hecho esto, pensionarse.
Saludos!!!
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