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  • Consulta : 147011
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 262530

  • TANGO210
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    (Resumen de Actividades)

    Ya precluyó tu derecho para hacerlo, y es que cometiste muchos errores a saber:

    La contestacion a la demanda sin la firma del abogado patrono.

    La presentación de la contestación ya con firma de forma extemporánea.

    La interposición del Recurso de Apelación y no el Revocación.

    Asi que ya no puedes hacer que te tengan por presentada en tiempo la contestación.

    Seguramente al presentar la Contestación de la demanda sin la firma del patrono, lo hiciste ya casi al fenecer el plazo de nueve dias para contestar, o lo hiciste el último dia, y esto es asi porque al emitir el auto en el que se tenia por no presentada la demanda por carecer de firma, también te han  de haber dicho que se tenía por no presentada y por pérdido su derecho a hacerlo por haber fenecido el plazo, auque no lo mencionas eso podría explicar el porque al presentar la contestación  ya con firma, te dijeron que no habia lugar a tener por contestada la demanda toda vez que ya era extemporane y que se estuviera al auto de fecha xx en el que te dijeron que habías perdido tu derecho.

    La verdad nadie nace aprendiendo, y son precisamente los errores los que nos enseñan, pero la verdad fueron muchos desaciertos, y uno tras otro, con el considerable perjuicio para el cliente, deberías de ser mas responsable y no tomar asuntos sin tener -por lo menos- la asesoria u orientación de un Abogado mas experimentado para que no te sucedan estas cosas. Saludos