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AutorRespuesta No: 262236
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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Abril de 2012 20:42 2012-04-15 20:42 desde IP: 201.141.2.76
Evidentemente debe estudiar la legislación del lugar en que promueve. En el Estado de México no existe la Jurisdicción Voluntaria, ya esá derogada, razón por la que le desecharán cualquier demanda por esa vía, pero también se requiere firma de abogado patrono en cada promoción. En materia de alimentos puede operar la suplencia de la queja y por ello ha corrido con suerte, pero debe estudiar más antes de promover.
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