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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Abril de 2012 12:31 2012-04-15 12:31 desde IP: 201.102.34.29
Asi es, el concubinato Genera derechos al igual que en el matrimonio, salvo lo dispuesto por la Sociedad Conyugal (los bienes). Pero de ahi en fuera todos los derechos y obligaciones son los mismos que en el matrimonio.
En cuanto a su duda sobre la pensión alimenticia, si el asunto se concluyó con una sentencia definitiva, solo necesita obtener copia certificada de esa sentencia y presentarla en el nuevo empleo de su pareja.
Si el asunto no esta terminado y solo lo que le dieron fué una orden de descuento por pensión alimenticia, solo solicite en el Juzgado que libren oficio de descuento a su nuevo empleo para que le retengan la pensión, y si, el porcentaje es el mismo.
Si el asunto esta concluído puede usted promover incidente de incremento de pensión alimenticia, para efectos de que el porcentaje aumente. Saludos
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