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  • Consulta : 146516
  • Autor : VELA90210
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  • Autor
    Respuesta No: 262186

  • VELA90210
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Asi es, el concubinato Genera derechos al igual que en el matrimonio, salvo lo dispuesto por la Sociedad Conyugal (los bienes). Pero de ahi en fuera todos los derechos y obligaciones son los mismos que en el matrimonio.

    En cuanto a su duda sobre la pensión alimenticia, si el asunto se concluyó con una sentencia definitiva, solo necesita obtener copia certificada de esa sentencia y presentarla en el nuevo empleo de su pareja.

    Si el asunto no esta terminado y solo lo que le dieron fué una orden de descuento por pensión alimenticia, solo solicite en el  Juzgado que libren oficio de descuento a su nuevo empleo para que le retengan la pensión, y si, el porcentaje es el mismo.

    Si el asunto esta concluído puede usted promover incidente de incremento de pensión alimenticia, para efectos de que el porcentaje aumente. Saludos