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  • Consulta : 146113
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 261904

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    no... pierde su "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=146113&forod=5#" onclick="Pal955022202hw.hwClqnaj("valor");return false;" oncontextmenu="return false;" onmouseout="Pal955022202hw.hideMaybe(this, "valor"); this.style.cursor="hand"; this.style.textDecoration="underline"; this.style.borderBottom="dotted 1px"; " onmouseover="Pal955022202hw.hwShow(event, this, "valor"); this.style.cursor="hand"; this.style.textDecoration="underline"; this.style.borderBottom="solid";" rel="nofollow" style="border-bottom: 1px dotted; color: #005f00; cursor: hand; text-decoration: underline">valor... legal...

    en el entendido que todo acto posterior  a la fecha de la muerte del otorgante... es nulo...y el juicio se debe suspender hasta en tanto no sea nombrado  albacea de la sucesiòn.... lo que deberà ser antes de cumplirse los 6 meses de suspension del proceso... ya que ocurrido el tèrmino... habria  caducidad de ese proceso...

    con excepcion en agunos estados... como guanajuato... donde si el juicio es de alimentos... no se suspende y no caduca...