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AutorRespuesta No: 261825
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Abril de 2012 16:34 2012-04-12 16:34 desde IP: 201.102.65.201
Si, pero no es lo mismo un Mandato Judicial a un Mandato General, ya que el primero se otorga ante el Juez del Conocimiento, y el segundo en escritura pública, el mandato general es tambien llamado para pleitos y cobranzas, -en caso de que sea de este tipo- y puede ser otorgado a cualquier persona con capacidad legal, el mandato Judicial hay legislaciones en las que solo se puede conferir a Licenciados en Derecho o su equivalente.
En fin hay mucha diferencia, y el hecho de comparecer a Juicio con un Poder General para pleitos y cobranzas no te hace Mantario judicial, ya que con un poder general puedes compareces a todos los actos en los que el poderdante sea parte, y este se extingue con la muerte de aquel.
El mandato Judicial debe de ceñirse a lo que disponga la legislación de Cada Entidad y solo es válido en el proceso en el que se otorgo.
Hago esta precisición, toda vez que el consultante se refiere a un Poder General, de acuerdo a la lectura de su planteamiento. Saludos
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