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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Abril de 2012 21:51 2012-04-11 21:51 desde IP: 189.163.63.182
pension por cesantia que viene de la palabra sesenta.
60 años el 75% 61 el 80%- 62 el 85% -- 63 el 90% a los 64 el 95
la pension por vejez es a los 65 años y es el 100% si estrabajando no hay problema pero si no, no hay que perder de vista la conservacion de derechos porque podemos perder la pension y sobre la baja tiene que estar dentro de la edad cumplida y obtener el mejor porcentaje.
es decir cumplir 62 años con baja despues de la fecha seria 85% pero si dentro de la cnservacion voy al imss a solicitr la penison por 64 años quiza si tenga la conservacion pero la baja fue antes y obtendria los 85% no el 95%
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