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  • Consulta : 145647
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 261504

  • TANGO210
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    (Resumen de Actividades)

    No existe eso de "parar las Firmas", es un mito que se da en los Reclusorios, sobre todo en los del D.F. así como que ya van a entrar adecuaciones, o que el amparo no se debe de promover hasta dentro de 2 o tres años, etc.

    Cuando a un Sentenciado se le otorga algún beneficio de libertad, como es un sustitutivo o la suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, y este debe de ir a firma a Santa Martha cada mes, si deja de ir a firmar la Autoridad encargada de la Vigilancia del Sentenciado (Santha Martha) debe de informar al Juez del proceso para que éste le de vista al mp y en consecuencia se proceda ordenar su reaprehensión. en teoria santa martha debe de avisar inmediatamente que el Sentenciado deje de ir a firmar, pero a veces lo hacen 6 meses despues, o un año despues o nunca lo hacen, y al sentenciado le es ordenada su reaprehension hasta que vuelve a estar en prision por delito diverso, pero sobre todo esto sucede por la falsa idea de "Parar las firmas"

    Asi tenemos que un sentenciado deja de ir a firmar porque esta detenido por otro proceso, pasa el tiempo y el sentenciado compurga la condena impuesta en segundo término y sale libre ese dia y no hay problema por que dejó de ir a firmar, esto porque el Juez de la Causa que lo sentencio por primera vez ignora que éste dejó de ir a firmar y santa Martha nunca le aviso. Sin embargo, cuando los familiares acuden a Santa Martha a "Parar las firmas" ahi les dicen que lleven copia de la boleta de formal prision o de la de sentencia, y les dicen que es todo, lo que hace Santa Martha es inmediatamente girar un oficio al Juez que lo sentencio por primera vez y le comunican que el Sentenciado dejó de ir a firmar y que Tienen conocimiento que se encuentra interno en tal reclusorio a disposicion de tal Juzgado por el delito de xxxx y esta información la obtienen porque el familiar se las proporciona al intentar "parar las firmas", luego entonces una vez que el Juez sabe que el sentenciado incumplió con las obligaciones contridas, le revoca la libertad  y ordena su rehaprehensión, entonces al cumplir la sentencia que tiene vigénte, no lo dejan en libertad porque tiene que cumplir lo que le faltó de la otra sentencia.

    La ley es muy clara en el sentido de que cuando el beneficiado deje de incumplir son sus obligaciones (no firme) y sea sentenciado por un nuevo delito grave, indefectiblemente se debe de ordenar su rehaprensión.

    Que hacer? Puedes y debes de hacerlo, contratar a un abogado para que primeramente, investigue la situación que guarda la primer causa, y a través del medio que el considere idóneo, yo en lo personal lo promuevo a traves de amparo indirecto, obtenga la prescripcion de la potestad para ejecutar penas a favor de tu hermano, y asi al compargar la sentencia actual, quede en libertad. Te comento que en estricto derecho no procede la prescipción porque el siempre ha estado detenido y eso interrumpe la prescripción, pero son estrategias que se utilizan y funcionan. Saludos