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  • Consulta : 145605
  • Autor : Lic. Ale Ortiz
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    Respuesta No: 261356

  • Lic. Ale Ortiz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Normalmente cuando M.P. expresa que son dos citatorios y, si no va la persona, no se puede hacer nada mas es; porque estas en la agencia incorrecta; En este caso es muy probable que estès acudiendo ante Ministerio Pùlico Conciliador; asì, le enviaràn citas y, si no se presenta, queda a criterio del quejoso el continuar o no en instancia investigadora, es decir, ante Ministerio Pùblico Investigador.

    Aquì, lo mas correcto es que acudas ante Ministerio Pùblico Investigador, le expreses tu sentir de agravio, que en este caso lo constituye los pagos realizados y, el no cumplimiento de lo ofertado, èl te pasarà a una mesa con algun escribiente para que le narres los hechos e iniciar una indagatoria. Es importante que, acudas con documentaciòn que esta persona te haya extendido como recibos, contrato...  si no hay documentales es conveniente lleves ya los nombres y domicilios de testigos a los que les conste que efectivamente se hizo acuerdo verbal y se fueron pagando las mensualidades a esa persona.

    Ya si de plano estàs ante M.P. Investigador y, te sale con eso, redacta los hechos, dirìgelos ante Ministerio Pùblico Investigador con copia para Centro de Atenciòn a Vìctimas del Delito para la debida  ratificaciòn y continuidad.