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  • Consulta : 145425
  • Autor : Bufete Juridico
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  • Autor
    Respuesta No: 261265

  • Bufete Juridico
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buen día. Primeramente le informo que con dicho acto, han sido debidamente emplazados, notificados y embargados en un juicio ejecutivo mercantil, lo que quiere decir en terminos comunes, que si no pagan lo que dice el pagare, los bienes que señalaron para garantizar el adeudo, se los recojeran posteriormente para rematarlos y con su producto($$$$) se le hace pago a la acreedora. Es importante verificar la cedula de notificación y contar el termino para contestar la demanda, ofrecer pruebas y tratar de conseguir tiempo y reunir el dinero, para hecer pago del adeudo y que no les quiten sus bienes.

    En segundo lugar, si no contestan la demanda, y se conducen en rebeldía, el proceso continua y se llega a la sentencia mas rapido y se rematan los bienes, por ello, deben poner atención en la demanda que tienen en su contra y defenderse, si es que todavia estan en tiempo para ello.

    Saludos y sigo a sus ordenes.