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  • Consulta : 145344
  • Autor : TANGO210
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  • TANGO210
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    (Resumen de Actividades)

    Y todo esto que tiene que ver con un CONTADOR PUBLICO????

    Mira, los Juzgados Conciliatorios, son como llamadas a misa, el que quiere vá y el que no..pues no.  No son autoridades facultadas para imponer sus determinaciones. Son instancias precisamente conciliatorias, cosa diferente sería si la citación te la hace el Ministerio Público o alguna Autoridad del Poder Judicial, pues si no te presentas pueden girar orden de presentación o de comparecencia respectivamente y ordenar a la Policia Ministerial que te lleven a su presencia.

    Ahora bien, si este señor quiere demandarte tendrá que hacerlo por la vía civil, y tu al ser emplazado tendrás la oportunidad de saber cuál es la pretensión de este señor y cuáles son los antecedentes del caso que el en su escrito de demanda narre, y a la vez tendrás la oportunidad de contestar la demanda y hacer valer tus defensas, pero eso será hasta que el señor decida demandarte, mientras tanto no tienes porque preocuparte. Lo anterior sin soslayar el hecho de que como él dice tú producto le cause algún perjuicio, pues eso lo debe de demostrar. Saludos