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  • Consulta : 145321
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 261210

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tu estas renunciando, por lo que solo tienes derecho al pago proporcional de aguinaldo, de vacaciones, y si tu empresa maneja prestaciones adicionales como fondo de ahorro u otras también deberás de recibir el pago proporcional de éstas. Legalmente los pagos deben de ser basados en tu salario real.