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  • Consulta : 145218
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 260992

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Le recomiendo promover judicialmente la notificación respectiva y el requerimiento de entrega del inmueble. De esta forma, el Actuario Notificador del Juzgado dará cuenta al Juez con la imposibilidad de notificarle en horas hábiles y se autorizará la práctica de la diligencia en días y horas inhábiles e incluso en algún otro lugar que usted conozca, como el de su empleo. 

    Saludos.