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  • Consulta : 145159
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 260873

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido  Consultante

    El nuevo sistema acusatorio adversarial y oral, sostiene  el principio de presunción de inocencia y que la prisión preventiva es excepcional, además de contar con una defensa técnica adecuada que debió solicitar el levantamiento o cambio de la medida cautelar por una económica.

    Como Isabel te comento el objeto de  ampliar el termino es para quien requiere de ese término se duplique para conseguir y aportar datos de prueba ojo en esta etapa no son medios de prueba si no datos, y el auto favorable en este sistema ya no existe auto de libertad, eso era en el anterior sistema, y denota la falta de conocimiento, existen varias oportunidades para liberar a un detenido, pero requieres alguien que también conozca bien el nuevo sistema.

     

    El objetivo de esta consulta es que usted adquiera nociones básicas sobre su asunto y la misma no reemplaza el asesoramiento o la asistencia legal personal.

     

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto.

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

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