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AutorRespuesta No: 260873
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Abril de 2012 23:00 2012-04-05 23:00 desde IP: 189.245.31.197
Distinguido Consultante
El nuevo sistema acusatorio adversarial y oral, sostiene el principio de presunción de inocencia y que la prisión preventiva es excepcional, además de contar con una defensa técnica adecuada que debió solicitar el levantamiento o cambio de la medida cautelar por una económica.
Como Isabel te comento el objeto de ampliar el termino es para quien requiere de ese término se duplique para conseguir y aportar datos de prueba ojo en esta etapa no son medios de prueba si no datos, y el auto favorable en este sistema ya no existe auto de libertad, eso era en el anterior sistema, y denota la falta de conocimiento, existen varias oportunidades para liberar a un detenido, pero requieres alguien que también conozca bien el nuevo sistema.
El objetivo de esta consulta es que usted adquiera nociones básicas sobre su asunto y la misma no reemplaza el asesoramiento o la asistencia legal personal.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto.
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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