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AutorRespuesta No: 260858
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Abril de 2012 22:27 2012-04-05 22:27 desde IP: 189.179.188.55
Efectivamente, el adeudo se gesto posterior al compromiso del pago de pensión, por lo tanto no será disminiuido ese monto por concepto de pensión, esto es así ya que debemos recordar que la voluntad en un convenio es la Suprema Ley irrevocable, a reserva de rehacer un nuevo connvenio con la voluntad mutua.
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