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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Abril de 2012 15:30 2012-04-07 15:30 desde IP: 189.179.192.127
Mejor dejemoslo así Omar, sigue gozando de los preceptos de la Ley de AMparo que citas, y seguire consultando a la Ley antes que a la Jurisprudencia Saludos...
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