Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 144860
  • Autor : LICMORALES
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 135
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 260524

  • LICMORALES
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola querida abogada!

     

    Pues si es aplicable, te recomiendo leer la ley de Amparo, ahi biene explicada perfectamente, sin embargo debes tener cuidado, que bueno espero no ser como tedioso o redundante con lo que sabes, cuando invoques o cites una jurisprudencia y quieres hacer valer los razonamientos jurídicos que en esa se encuentran al caso concreto que te ocupa, pues debes desglozar dichos elementos de acuerdo a los requisitos de tu codigo, es decir los supuestos que establece tu Código deben ser idénticos que los del Código de Michoacán y D.F como  así vas formulando tu razonamiento lógico jurídico.

     

    Espero me haya explicado, suerte!