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  • Consulta : 144678
  • Autor : licfvallejo
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  • Autor
    Respuesta No: 260368

  • licfvallejo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No es posible que una persona se pueda apoderar de un bien inmueble por medio de la Usucapion, cuando el mismo ha sido otorgado en arrendamiento, ya que el arrendamiento solo genera lo que se conoce en el medio, como la posesion derivada, la cual no le da el derecho de la prescripcion positiva a favor de tu arrendatario (es decir de la usucapion), por lo que te sugiero no preocuparte por eso, ya que lo que te puede originar el derecho de la Usucapion, es la posesion originaria, es decir que la persona que posee lo haga a titulo de dueño, no siendo el caso, menos aun cuando cuentas con tu contrato de arrendamiento, haciendo la observacion de que si ya tienes problemas con tu arrendatario, lo mejor es terminar la relacion para que no te genere problemas.

     

    Saludos.