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  • Consulta : 144576
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 260330

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante

    Si se toma en consideración, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la exposición de motivos y los dictámenes de las comisiones del Congreso de la Unión que dieron origen a sus reformas y adiciones, Y de la Convención sobre los Derechos del Niño y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, se advierte que prevén la protección del bien jurídico de la vida humana en el plano de su gestación fisiológica, al considerar al no nacido como alguien con vida así como que el producto de la concepción se encuentra protegido desde ese momento.

    No tendría objeto presentar a trámite ninguna demanda toda vez que no se le puede obligar a nada por obvias razones, ni podría ser obligado a realizar exámenes de ADN.

     

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx