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AutorRespuesta No: 260330
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Abril de 2012 00:32 2012-04-01 00:32 desde IP: 189.134.173.155
Distinguido Consultante
Si se toma en consideración, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la exposición de motivos y los dictámenes de las comisiones del Congreso de la Unión que dieron origen a sus reformas y adiciones, Y de la Convención sobre los Derechos del Niño y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, se advierte que prevén la protección del bien jurídico de la vida humana en el plano de su gestación fisiológica, al considerar al no nacido como alguien con vida así como que el producto de la concepción se encuentra protegido desde ese momento.
No tendría objeto presentar a trámite ninguna demanda toda vez que no se le puede obligar a nada por obvias razones, ni podría ser obligado a realizar exámenes de ADN.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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