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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Marzo de 2012 14:17 2012-03-30 14:17 desde IP: 201.155.219.16
Primero debe de registrar tu esposo a la menor, despues de eso, ya actuar para obtener la guardia y custodia y en su caso la perdida de la patria potestad de la madre.
Y en su caso la patria potestad solo es de tu esposo, no tuya, las intenciones son buenas...suerte!
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