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  • Consulta : 144374
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 260141

  • TANGO210
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    (Resumen de Actividades)

    El procedimiento es en el Distrito Federal, al tramitar la Intestamentaria el Juez manda a solicitar el Informe sobre alguna dispocisión Testamentaria al Archivo General de Notarias y al Archivo Judicial, en donde si había testamento forzozamente debió de haber botado en el sistema y por ende al rendir su informe el Archivo de Notarias o el Archivo Judicial debierón de remitir el testamento al juzgado y en ese orden de ideas el Juez sobreseer la Intestamentaria y Proceder a Iniciar la Testamentaria.

    Ahora bien, si por algún motivo no fué así (a veces sucede porque el testamento se hizo en otro Estado, pero es raro porque ahora existe el Aviso Nacional de Testamentos) solo debes de realizar una promoción exhibiendo el Testamento y solicitando que se Inicie la Testamentaria. Saludos