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AutorRespuesta No: 260372
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Abril de 2012 12:17 2012-04-02 12:17 desde IP: 187.175.110.229
primeramente, acude a recoger tus pertenencias y mediante escrito o acta circunstanciada da a conocer las pertenencias qeu estas recibiendo y las que te hagan falta y dá de baja el resguardo anterior y que de alta uno nuevo con los nuevos instrumentos que te asignen,para deslindar responsabilidades. antes de esto no puedes denunciar ningun delito, porque a penas tienes la presunción de "algo".
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