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  • Consulta : 144135
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    (Resumen de Actividades)

    Si no desea hacerlo de manera voluntaria, sólo tienes la opción de ejercitar tu acción ante la autoridad judicial, en el mismo proceso se solicita el reconocimiento y el pago de la pensión. El juez te otorgará una pensión provisional desde el inicio. Existen diversos supuestos, pero en términos generales, si él niega la paternidad, el juez aprobará la conocida "prueba de adn", eso acreditará si es o no de él, en caso de negarse a dicha prueba, se declara que el hijo es de él.

    Saludos cordiales.