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  • Consulta : 143880
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 259787

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Primero que nada, solicita la devolución de los autos del expediente donde se ordenó la pensión alimenticia, ya que supongo que por el tiempo, el expediente ya no está en el Juzgado.

    Una vez que estén los autos en el Juzgado y se hayan notificado a ambas partes de la llegada de los autos, solicita al Juez que se gire oficio a la dependencia para que informe sobre la falta del deposito de la pensión.

    Si el deudor alimentario causó baja por pensión lo informarán y si causó baja por renuncia, también te lo informarán.

    Con  dicho informe te van a dar vista, entonces solicitarás se gire oficio para que se ordene la retención de la pensión alimenticia, de la primera paga de pensión.

    Aún si es para la misma dependencia, se gira otro oficio, toda vez que si era trabajador del ISSSTE y pasa a ser pensionado del mismo ISSSTE, son nóminas diferentes.

    Y mas aún, cuando una dependencia tiene la orden y pasa a ser pensionado del ISSSTE, al ser un Organismo diverso, debe recibir una orden del Juez para descontarle la pensión alimenticia de la pensión por jubilación.

    En tal sentido, es muy importante apurarte con esos trámites, puesto que de cobrar el pensionado los 3 meses que se acumulan en lo que se emite el dictamen de pensión, las pensiones que se dejaron de cubrir las irán pagando en forma prorrateada y tardarán un tiempo en obtener la totalidad.

    Suerte!