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  • Consulta : 143814
  • Autor : marcomcmlx
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    Respuesta No: 383677

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Aunque esta consulta es vieja, evidencía las incongruencias de la ley con respecto a este tema.

    El primer párrafo del artículo 123 de la ley anterior, efectivamente dice que la pensión de invalidez se suspende (ojo, se suspende, no se pierde) cuando el pensionado desempeñe un trabajo comprendido en el régimen del seguro social.

    Hasta aquí se puede interpretar que si vuelve a cotizar se le suspende la pensión y punto.

    Pero el segundo párrafo dice que lo anterior no rige cuando el pensionado ocupe con diverso salario un puesto distinto del que tenía al declararse la invalidez.

    Es decir, si tu trabajabas de chofer y ganabas 100 pesos al declarase la invalidez, entonces puedes regresar a trabajar de obrero, albañil, gerente o lo que sea menos de chofer, y podrás ganar 80, 90 110, 900 o cualquier salario execepto 100 pesos.

    Así de incongruente está.

    Otro punto de confusión es cuando se declara la invalidez, ya que la ley dice que existe invalidez cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse mediante un trabajo (cualquier trabajo) una remuneración superior al cincuenta por ciento que percibía.

    Es decir si la invalidez se declaró hace diez años donde ganabas 50 pesos, ahora ya no estarías en un estado de invalidez si puedes tener un trabajo donde ganes más de 25 pesos (otra incongruencia), sin embargo, lo que yo entiendo, o lo que debe entenderse, es que esto último aplica solamente al momento de declarse la invalidez.

    La nueva ley medio corrige lo anterior al decir que la invalidez existe cuando el aasegurado no puede procurarse un salario mayor al cincuenta por ciento mediant un trabajo igual (ojo, aquí le agregaron la palabra igual).

    Y se suspende cuando el pensionado desempeñe un puesto igual al que desempeñaba (ya no se menciona el salario).

    Pero como siempre digo se está a merced del capricho, estado de ánimo y nivel de ignorancia del empleado del IMSS que le toque atenderte.