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  • Consulta : 143814
  • Autor : EUMIR OSORIO
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  • Autor
    Respuesta No: 383673

  • EUMIR OSORIO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buen día, es evidente que perderia su pension por invalidez, toda vez que esas pensiones que te otorga el IMSS, son presisamente para personas que no puede laboral y por tal motivo se les otorga el benficio de ser pensionado por invalides. 

    En ese sentido, desde el momento que usted se de de alta en un nuevo centro de trabajo con las prestasiones de ley, estara asumiendo que es capaz de trabajar y por ende admitir que es una persona que no necesita de una pension, virtud de que no es una persona con invalidez.

    Ahora bien, Si se sientes capaz de trabajar apesar de tener una discapicidad, debera ingresar a un empleo que no le proprcionen las prestaciones de ley o en su caso trabajar por tu priopia cuanta.

    En conclusion, si perderia la pension por invalidez, no es aplicable una posible suspencion de la misma, en virtud de que las suspencones de pensiones solo aplican en las de  vejez y de cesantía.