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  • Consulta : 143766
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 259681

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Existe una importante diferencia entre la tasa cero y la no causación mal llamada exención en el IVA. Si la Ley del IVA reconoce la tasa cero, ésto implica que Usted podrá deducir los gastos en su declaración mensual y anual, la no causación mal llamada exención no permite ninguna deducción, luego entonces Usted estaba obligado a retener el IVA en su factura y si no lo hizo debe pagar como adecuadamente le informa su Contador.