- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 143716
- Autor : SERGIO A
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 1677
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5564
-
: 67 % -
: 32 %
-
AutorRespuesta No: 259622
-
Fecha de respuesta: Lunes 26 de Marzo de 2012 20:06 2012-03-26 20:06 desde IP: 187.149.93.206
La institución que defiende los intereses de los trabajadores es la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, no la Junta de Conciliación y Arbitraje como erróneamente se cree.
Así que no debe confundirse la función de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, que es defender los derechos del trabajador, con las funciones de la Junta de Conciliación y Arbitraje, que se supone debe ser imparcial, en cuanto a los intereses del trabajador o del patrón, pues solo media en la conciliación de los intereses de las partes y en caso de conflicto solo administra la justicia laboral (Juzga), conforme a la ley, sin poder tomar partido en favor de alguna de las partes.
POR LO TANTO ACUDA PRIMERO A LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO O CONTRATE UN ABOGADO ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL.
-
Autor





