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  • Consulta : 143650
  • Autor : Lic. Manuel Vega
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  • Autor
    Respuesta No: 350614

  • Lic. Manuel Vega
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo que le conviene es vender la casa y con el producto de la venta se paga a Fovissste, de manera que el comprador adquiera sin gravamen; si éste comprador desea a su vez obtener un crédito entonvces deberá obtener uno por su cuenta; los créditos de Fovissste no se traspasan.