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AutorRespuesta No: 259524
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Marzo de 2012 00:42 2012-03-26 00:42 desde IP: 201.141.71.195
Su acredor sí puede exigirle el pago en cualquier momento, toda vez que la prescripción la tiene que hacer valer Usted en juicio. La prescripión no es de oficio, la tiene que hacer valer al momento de contestar la demanda, si no la hace no opera la prescripciñon. Cuídese de los coyotes que escriben con mayúscula en este foro, podra pensar que no importa pero escribir con mayúsculas es indicio de analfabetos prácticos.
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