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  • Consulta : 143448
  • Autor : TOCA1968
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  • Autor
    Respuesta No: 259426

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTEgomezarriola_NR,  

    Presente:

                                      

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Lo que usted debe de hacer, es demandar a la sucesión del comprador, EN LA VÍA CIVIL, LA RESCISIÓN DEL CITADO CONTRATO DE COMPRAVENTA, y para ello tendrá que consignarle ante el Juzgado en el cual usted inicie la demanda respectiva, la cantidad de dinero que el comprador le hubiese dado a usted por concepto de pago del precio, más la cantidad por concepto de la pena convencional que nos refiere, y después de sustanciado todo el juicio y una vez que el Juez ordene en Sentencia Definitiva la rescisión del citado contrato, pues como consecuencia ordenará la citada Autoridad Judicial que se le ponga en posesión del citado inmueble, por lo que le sugiero que se asesore jurídicamente de un abogado que sea experto en materia civil, para que de esta manera tenga garantizado el éxito de su asunto, esperando que en breve lo resuelva favorablemente, y que esta información le sea de utilidad.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Cel: 55-3462-7069

    E-MAIL: ejorgeamf1968 arroba . com