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  • Consulta : 143327
  • Autor : dorae
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  • Autor
    Respuesta No: 259227

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Como bien dice mi amiga Ilianave, no se puede hipotecar un bien inmueble que no esta a nombre suyo, primero tendría que regularizar las escrituras y posteriormente tramitar el crédito, pero como dice Maxwel Smart seria un error que lamentaría el resto de su vida, porque por adeudo con una tarjeta de crédito es muy remota la posibilidad de que la embarguen, en cambio por un atraso en un crédito hipotecario corre el riesgo de perder su propiedad, cuanto los bancos tienen garantía prendaría son implacables, no les importa dejar familias en la calle, se quedan con las propiedades y las rematan al mejor postor.

    La recomendación en este caso seria que se convierta en uno más que deja de pagar sus TC, al paso del tiempo, digamos 2 meses mas-menos empezará a ser acosada primero por el jurídico del banco para el pago, pero posteriormente el banco venderá su deuda y serán los famosos despachos de cobranza quienes se harán presentes, pero sin importar lo difícil y aterrador que pueda parecer la agresividad que usan para cobrar, usted aguante, le dirán que ya la demandaron, pero seguramente solo serán frases para amedrentarla, después de mas o menos medio año, empezaran a ofrecerle “quitas” a su adeudo y seguramente llegara una buena oferta (aproveche todo este tiempo para ahorrar) y cuando le hagan un buen ofrecimiento (que puede ser hasta del 90%) entonces se apersona al banco para finiquitar.