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  • Consulta : 143270
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 259152

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Los amparos sólo proceden contra actos de autoridad y no contra particulares.

    Aunado a lo anterior, sus obligaciones financieras no cesan o se suspenden por el hecho de haber sido despedido jusificada o injustificadamente.

    Usted celebró un contrato y sí además firmó letras de cambio o pagaré, su arrendador tiene todo el derecho de hacerlas válidas, pues éste no puede ligarse a su destino, el también depende de los ingresos que le reportan las rentas de sus inmuebles, como en este caso, el que Usted habita.

    Informe en los mejores términos su situación y si no puede pagar las rentas, desocupe el inmueble para evitar que se sigan generando más rentas.

    El juicio laboral tardará muchisimos años en resolverse y puede ser favorable o desfavorable para Usted, así que no cifre sus esperanzas en un hecho aleatorio, a buscar un nuevo empleo y cumplir sus obligaciones.

    Suerte!