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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Marzo de 2012 10:55 2012-03-23 10:55 desde IP: 189.146.106.246
Los amparos sólo proceden contra actos de autoridad y no contra particulares.
Aunado a lo anterior, sus obligaciones financieras no cesan o se suspenden por el hecho de haber sido despedido jusificada o injustificadamente.
Usted celebró un contrato y sí además firmó letras de cambio o pagaré, su arrendador tiene todo el derecho de hacerlas válidas, pues éste no puede ligarse a su destino, el también depende de los ingresos que le reportan las rentas de sus inmuebles, como en este caso, el que Usted habita.
Informe en los mejores términos su situación y si no puede pagar las rentas, desocupe el inmueble para evitar que se sigan generando más rentas.
El juicio laboral tardará muchisimos años en resolverse y puede ser favorable o desfavorable para Usted, así que no cifre sus esperanzas en un hecho aleatorio, a buscar un nuevo empleo y cumplir sus obligaciones.
Suerte!
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