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  • Consulta : 143183
  • Autor : carlosrld
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  • Autor
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  • carlosrld
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Ok, viéndolo de esa forma ya cambia la cosa, pero entonces me surge otra dua... eso quiere decir que si sobrevienen los hijos o hay hijo póstumo dentro de los 5 años posteriores a la donación, se quedarán en el "desamparo" (por llamarlo así), por cuanto a los bienes del padre donante?