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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Marzo de 2012 20:05 2012-03-23 20:05 desde IP: 189.251.100.105
Ok, viéndolo de esa forma ya cambia la cosa, pero entonces me surge otra dua... eso quiere decir que si sobrevienen los hijos o hay hijo póstumo dentro de los 5 años posteriores a la donación, se quedarán en el "desamparo" (por llamarlo así), por cuanto a los bienes del padre donante?
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