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  • Consulta : 142874
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 258954

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ¿Cuál fraude procesal? en materia laboral la carga de la prueba siempre es del patrón, el trabajador siempre podrá decir lo que quiera, que trabajó veinticinco horas diarias ocho dias a la semana, que cubrió además seis horas diarias extras y trabajó cuatro domingos por semana, nunca habrá fraude procesal. Usted debió demandar la nulidad de notificación en cuanto se enteró del Laudo o del proceso laboral, si no lo hizo y por el contario intentó una acción penal, no le queda mas que pagar.