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AutorRespuesta No: 258954
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Marzo de 2012 21:03 2012-03-21 21:03 desde IP: 201.141.1.12
¿Cuál fraude procesal? en materia laboral la carga de la prueba siempre es del patrón, el trabajador siempre podrá decir lo que quiera, que trabajó veinticinco horas diarias ocho dias a la semana, que cubrió además seis horas diarias extras y trabajó cuatro domingos por semana, nunca habrá fraude procesal. Usted debió demandar la nulidad de notificación en cuanto se enteró del Laudo o del proceso laboral, si no lo hizo y por el contario intentó una acción penal, no le queda mas que pagar.
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