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  • Consulta : 142822
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 258802

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Irasema:

    El hecho de que estés estudiando no obliga a tu cónyuge a pasar pensión alimenticia para tí, toda vez que ese derecho se les concede a las esposas que se dedican a actividades preponderantemente del hogar y obviamente tu no te estás dedicando a tu hogar.

    A tus hijos les correspondería el porcentaje que tenga bien decretar el Juez que conoce de tu asunto, tramita ante éste el incremento por tu hija o en su defecto, en el juicio de divorcio, fijen un porcentaje para los menores.

    Normalmente le corresponde por cada acreedor alimentario de entre un 15 a un 20%, así que si llegas a conseguir de un 30 a un 40%, está muy bien.

    No olvides que la obligación de dar alimentos, es de ambos padres, así que tu también tienes que conseguir un trabajo para mantenerlos.

    Suerte!