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  • Consulta : 142526
  • Autor : TOCA1968
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  • Autor
    Respuesta No: 259045

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTEsheetaldhaga23_NR,  

    Presente:

                                      

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Su caso es complicado, en virtud de que el perdón como figura jurídica en materia penal, es una causa de extinción de la responsabilidad penal, el cual una vez otorgado ya no puede ser revocado, por lo que en este caso jurídica y materialmente es imposible que usted nuevamente denuncie a los médicos del hospital que afirma lo lesionaron.

     

    Ahora bien, en cuanto a la conducta indebida que usted refiere del agente del ministerio público Federal, lo que usted puede hacer es iniciar una denuncia en contra del citado agente del ministerio público, por la probable comisión de delitos cometidos por servidores públicos, así como interponer una denuncia administrativa ante la Contraloría interna de la PGR, a efecto de que se inicie el procedimiento administrativo disciplinario previsto en la ley Federal de las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, esperando que esta información le sea de utilidad en su asunto, y que lo resuelva en breve favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Cel: 55-3462-7069

    E-MAIL: ejorgeamf1968 arroba . com