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AutorRespuesta No: 258419
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Marzo de 2012 00:29 2012-03-16 00:29 desde IP: 187.146.215.25
Correctisimo, no tiene otro mecanismo más que ese, a menos que consiguiere que su vendedor firme la escritura de compraventa.
Y le aclaro que no hizo ningun traslado de dominio, cuando mucho le generaron una clave distinta para pagar el predial o su equivalente como posesionario, puesto que el traslado de dominio es consecuencia directa e inmediata del contrato de compraventa que otorgue ante Notario, bien porque acuda su vendedor voluntariamente o por que lo haga a consecuencia de la condena en el juicio del que le hablo su abogado.
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