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AutorRespuesta No: 258421
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Marzo de 2012 00:42 2012-03-16 00:42 desde IP: 187.146.215.25
Habra que plantear bien la pregunta pero según entiendo, la duda concreta es si el Registro Pública puede solicitar algún informe de ese tipo al RAN o algo por el estilo... De entrada, no recuerdo que el Registro Público tenga facultad expresa para emitir ese oficios por los que pida informes, sin embargo, no suena ajeno a la práctica.
Por otro lado, creo que ya es irrelevante la información que pida el Registro porque seguro el instrumento a inscribir es una Escritura Pública otorgada lógimante ante Notario Público, quien debió corroborar que el bien a enajenar fuese de derecho privado, propiedad de persona determinada, que estuviera libre de todo gravámen y en su momento, fue recientemente valuado e inspeccionado por la autoridad catastral o su perito autorizado, lo que quiere decir que se elaboro un avalúo comercial, todo lo que hace suponer que efectivamente se trata de un inmueble susceptible de enajenarse a cualquier persona que se rige por las reglas del derecho civil y no agrario y que si llego al Registro es para concluí con el trámite del acto traslativo de dominio.
Luego entonces no encuentro lógica o explicación para que el Registro Público pida un informe de esa naturaleza ya que es la última instancia en que se incriben y tramitan los instrumentos por los que se transmite el dominio de inmuebles.
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