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AutorRespuesta No: 258278
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Marzo de 2012 14:56 2012-03-15 14:56 desde IP: 189.236.2.79
si hay un contrato de arrendamiento de por medio lógicamente ahi quedó plasmada la VIGENCIA, si ya venció la vigencia la desocupación es automática a menos que amabas partes esten de acuerdo en celebrar un nuevo contraro o prorrogarlo. caso contrario no es necesario fundamentar la "entrega y desocupación" se presume que ya quedo establecido en el contrato la forma de entrega, vigencia, causas de terminación, etc.
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