- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 141917
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 258084
-
Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Marzo de 2012 00:50 2012-03-14 00:50 desde IP: 201.141.124.197
Efectivamente, y le pueden iniciar el procedimiento de extinción de dominio. Si ya tiene avanzado el proceso civil y el actuario dio fe del cambio de cerradura, solicite el Juez Civil la entrega física y jurídica del inmueble, cuando acuda el ejecutor y de fe de que está invadido, solicita al juez el apoyo de la fuerza pública para desalojarlo.
-
Autor





