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  • Consulta : 141860
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 258038

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No aclara la forma en que se estableció el por ciento de pensión para su hija, si fue por convenio celebrado ante un Juez de lo Familiar, ya que estos convenios se elevan o cosa juzgada y en consecuencia se debe estar y pasar por él en todo momento y en todo lugar. El que su marido tenga más hijos fuera del matrimonio no es causal para solicitar la reducción de pensión, toda vez que ello implica un acto unilateral de voluntad. Si su marido quiere más hijos que busque tantos empleos nuevos como hijos nuevos quiera procrear. Sólo podrá demandar la reducción de la pensión previamente acordada o sentenciada sí y sólo sí existen elementos externos fuera de su voluntad, es decir: Sufrir un accidente que lo limite a trabajar, llegar a la vejez, quedar en estado de interdicción, pero nunca por procrear más hijitos puesto que de ser considerado así los deudores alimentistas en lugar de renunciar a su empleo y correr el riesgo de que los denuncien por la vía penal, sólo tendrán que reproducirse y con el acta de nacimiento demandar vía incidente la reducción de una obligación, ¿que fácil no?