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  • Consulta : 141796
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 257999

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Las pensiones de seguridad social no se herederan, se transmiten a los familiares derechohabientes en los términos y condiciones que establezca la normatividad del Organismo que te otorga la pensión.

    Si quieres que posterior a tu deceso alguien disfrute de esa pensión, puedes casarte o reconocer a un hijo menor de edad...

    Suerte!