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Fecha de respuesta: Martes 13 de Marzo de 2012 14:44 2012-03-13 14:44 desde IP: 189.230.178.152
Las pensiones de seguridad social no se herederan, se transmiten a los familiares derechohabientes en los términos y condiciones que establezca la normatividad del Organismo que te otorga la pensión.
Si quieres que posterior a tu deceso alguien disfrute de esa pensión, puedes casarte o reconocer a un hijo menor de edad...
Suerte!
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